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Pensiones por Vejez, Chile y España, de Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com cPENSIONES POR VEJEZ, CHILE Y ESPAÑA d Cristian Carter Pensiones por Vejez, Chile y España, de Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Dedico este trabajo especialmente a mis padres, a Mis hermanos Henry, Pamela y Lucy, y en general a todas aquellas personas que han trabajado toda su vida con esfuerzo, honradamente, con el fin de sustentar las necesidades de su familia y que han aportado al desarrollo de nuestro país, personas que merecen un nivel de vida digno. Pensiones por Vejez, Chile y España, de Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Pero el que tiene bienes de este mundo y ve a su hermano tener necesidad, y cierra contra él su corazón, ¿cómo mora el amor de Dios en él? (1º Juan, 3.17) Pensiones por Vejez, Chile y España, de Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com INDICE Introducción Parte I.- Sistema de Seguridad Social, Europa, Chile 1 Cap.
I.- Introducción general a la Seguridad Social Conceptos, caracteristicas, principios, derecho, que comprende. Cap.II.- Sistema de Seguridad Social Europeo 10 En europa, y especialmente en España Cap. III.- Sistema de Seguridad Social en Chile 18 Sistema general, de salud, de seguros no contributivos.
Parte II.- Examen Particular de la Pensión por Vejez. ... more.
less.
Cap. I.- Sistema de Pensiones por Vejez Español 23 Caracteristicas, requisitos obtener pensión, problemas actuales, ventajas.<br><br> Cap. II.- Sistema de Pensiones por Vejez Chileno 31 Historia, caracteristicas, cotizaciones, prestaciones, pensiones anticipada, garantía estatal, excedente libre disposición, ventajas y críticas. Nuestra Propuesta: 54 Conclusión 56 Pensiones por Vejez, Chile y España, de Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com I N T R O DU C C IÓ N El tema que analizaremos esta íntimamente relacionado con el fin último del Estado, el bienestar de las personas, sobre todo en una etapa de la vida en que más lo necesitan, en su vejez.<br><br> Nuestro objetivo es efectuar un análisis comparado de los sistemas de seguridad social de Chile y Europa , concentrándonos en el aspecto particular de las pensiones contributivas de vejez de Chile y España, mostrando las ventajas e inconvenientes de ambos sistemas 3principalmente con relación a los principios fundamentales de la seguridad social- de tal forma que conociendo la realidad externa podamos apreciar y opinar sobre la nuestra y establecer propuestas para mejorarla . Ambos países, Chile y España, tienen filosofías antagónicas sobre los sistemas de pensiones de jubilación por vejez; la solución por cual op t ar es extremadamente difícil, por las implicancias sociales, políticas, financieras e ideológicas que implican las posturas 1 . Y es ahora interesante el desarrollo de este trabajo desde dos puntos de vistas, en España se discute sobre la conveniencia financiera del sistema y en Chile se critica fuertemente las bajas prestaciones que otorga el nuevo 2 .<br><br> 1 MORENO, Maria Del Carmen, Análisis Económico del Sistema de Pensiones Públicas , Universidad Complutense de Madrid, 1998, vid. http:// w ww .ucm.es/ B UCM/cee/ d oc / 0 3 0 1 0 057.htm (06.08.04). 2 Conocido como daño previsional para los funcionarios públicos.<br><br> 1 Pensiones por Vejez, Chile y España, de Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Como se advertirá, el trabajo lo dividimos en dos par t es , comenzando de lo más general a lo que particularmente nos interesa cel sistema de pensiones de jubilación por vejez d, utilizando en la medida de lo posible un lenguaje comprensible a todo lector y datos numéricos que permitan comparar los sis t emas . Considerando la importancia de este tema y que dentro del mundo del derecho es una rama poco conocida, en la primera parte haremos una introducción en la materia, señalando los conceptos principales de la seguridad social y sus características, para luego describir el sistema Europeo, de necesario t ra t amien t o por su rica tradición en seguridad social y porque además es el contexto en que se desenvuelve España, al cual le dedicaremos un acápite especial, para f inalmen t e describir nuestro sistema de seguridad social. Una vez comprendido el sis t ema de seguridad social, pasaremos -en la segunda parte- a examinar en f orma par t icular los sistemas de jubilación por vejez español y chileno, mostrando como funcionan ambos sistemas, sus características, ventajas y de f iciencias , f inalizando con una conclusión crítica sobre la conveniencia de uno y otro sistema y de lo necesario para su mejor f uncionamien t o .<br><br> Dicho esto, invitamos al lector a acompañarnos en el estudio de este interesante tema que incidirá inevitablemente en su vida . 2 Pensiones por Vejez, Chile y España, de Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com PARTE I Sist e ma de Se g u r id a d Soc i a l Eu r op e o y C h il e no 3 Pensiones por Vejez, Chile y España, de Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Capitulo 1 . - Intro d u cc ión a la S e g u r i da d S oc i a l En este capítulo haremos una necesaria introducción al tema de la seguridad social, señalando datos necesarios para la comprensión de los capítulos siguien t es .<br><br> 1.- Concepto de Seguridad Soc i a l : El fin último del Estado es promover el bien común; la seguridad soc i a l , íntimamente relacionada con éste fin, es cla obligación que tiene la sociedad para cubrir los distintos estados de necesidad 3 que tienen las personas durante el transcurso de su vida d 4 . 1.1.- Su objetivo es mejorar la calidad de vida de las personas 5 y la redistribución de la riqueza con justicia social 6 . 3 Estado de necesidad es un estado de carencia en el cual una persona no es capaz de satisfacer sus necesidades por si sola en relación al medio en que vive.<br><br> 4 Eduardo Stafforini en el libro Orientación para el Desarrollo de la Seguridad Social en las Américas, Buenos Aires, 1951, p. 27, señala que: "La seguridad social consiste, esencialmente, en la protección de los individuos frente a los diferentes estados de necesidad, asegurándoles condiciones dignas y justas de subsistencia d, vid. http://www.<br><br> mundodeltrabajoorg.ar/ Pistas/p009/rosalesmar03.htm (03.07.04). 5 VERGARA, Ana María, Apuntes de Cátedra de Seguridad Social, año 2002, Universidad Católica de Temuco, Chile. 6 MURRO, Ernesto, El Dilema de la Seguridad Social en el Conosur , 27 de octubre de 2003, vid.<br><br> http:// w ww .re d se g s o c . o rg. u y /Fi n a l -Co n osu r -Li m a - 2 7 1 0 .<br><br> P DF (18.08.04). 4 Pensiones por Vejez, Chile y España, de Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com 2.- Las características más relevantes de la Seguridad Social son : 2.1.- Constituye un Derecho Humano consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos 7 y reconocido por nuestra Constitución en su artículo 19 Nº 18 8 . 2.2.- Es de carácter pública , aunque inviertan y participen privados 9 , el Estado no puede desligarse de ella y debe mantener condiciones de vida mínimas a los más débiles de la sociedad 10 .<br><br> 2.3.- Su concreción contribuye a la paz social 11 , nacional y mundial . 12 3.- Los Principios de la Seguridad Social son: 1.- Universalidad: Debe cubrir a todas las personas y todas las contingencias sociales . 7 La Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 22 señala que cToda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social& d.A símili, el art.<br><br> XVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948); y el art. 9 del Protocolo de San Salvador. 8 Nuestra Constitución en su artículo 19 Nº 18 señala: Artículo 19.- cLa Constitución asegura a todas las personas d: Nº 18 cEl derecho a la seguridad social.<br><br> Las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quórum calificado. La acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias d.<br><br> 9 Se ha dicho que cnunca la seguridad social será 100% privada, ya que los pobres no son rentables d. 10 La Conferencia Internacional cEl Reto de la Seguridad Social d, La Haya, 2002, señala que : cEl Estado tiene la responsabilidad primordial de brindar y facilitar la provisión de la protección social& d. Vid.<br><br> h t t p : / / ww w . r eds e gsoc.o r g.uy/ H o la n da - d e clar a cion - tecnica. h t m (01.07.04).<br><br> 11 En este sentido la resolución 3ª sobre seguridad social de la 89ª Conferencia de OIT en junio 2001 señala que: c&No hay paz verdadera sin justicia social; no hay justicia social sin seguridad social d. 5 Pensiones por Vejez, Chile y España, de Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com 2.- Integridad o Suficiencia: Las prestaciones económicas que se o t organ deben resolver efectivamente la contingencia social . 3.- Solidaridad 13 : Cada cual aporta según la capacidad con t ribu t iva y recibe prestaciones de acuerdo a sus necesidades 14 ; todos deben aportar, y el que más tiene más debe apor t ar .<br><br> 15 4.- Unidad : Orgánica y estructural del sis t ema . 5.- Internacionalidad : Las obligaciones e instituciones de cada pa í s deben adecuarse a un sistema unitario in t ernacional 16 . 6.- Participación : La sociedad debe involucrarse 17 .<br><br> 4.- Derecho de la Seguridad Social: Se define como un conjunto de normas y principios que tienen por obje t ivo asegurar condiciones de vida digna a las personas, mediante la 12 El preámbulo de la Constitución de la OIT señala que cLa paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia social d. 13 En la conferencia internacional "El Reto de la Seguridad Social", La Haya, 2002, se invita a la promoción y extensión de un sistema comprensivo de seguridad social basado en la solidaridad, vid. h t t p : / / ww w .<br><br> r eds e gsoc.o r g.uy/ H o la n da - d e clar a cion - tecnica. h t m (01. 07.04).<br><br> 14 MURRO, Ernesto, El Dilema de la Seguridad Social en el Conosur , 2003, vid. http:// w ww .re d se g s o c . o rg.<br><br> u y /Fi n al-Co n osu r -Li m a - 2 7 1 0 . P DF (18.08.04). 15 Este es el principio base que distingue a un sistema se seguridad social de otro y señala el nivel de compromiso que existe en un Estado para ayudar a los más débiles de la sociedad.<br><br> 16 V. gr. para facilitar la migración de los trabajadores.<br><br> 17 MURRO, Ernesto, El Dilema de la Seguridad Social en el Conosur , 2003, vid. http:// ww w .r e ds e gsoc.or g .uy/Fin a l - Co n osur - Li m a-2 7 1 0 . P DF (18.08.04).<br><br> 6 Pensiones por Vejez, Chile y España, de Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com cobertura de los estados de necesidad producidos por las contingencias sociales d 18 . 6.1.- El Sistema Previsional 5.- La Seguridad Social comprende: 6.2.- El Sistema de Salud 6.3.- El Sistema de Asis t encia Social o de Seguros No 5.1.- Sistema Prev i s i ona l 19 : Con t ribu t ivos . El sistema previsional tiene por objetivo establecer pres t aciones económicas en forma periódica a las personas que han cotizado en el sistema, y han cumplidos los requisitos legales; se divide en el Sistema de Repar t o o Solidario y el Sistema Individual 20 , los cuales expondremos a con t inuación 21 : 18 Las contingencias sociales son el hecho causante de la prestación, y son: la vejez, la invalidez, la muerte, la enfermedad, los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, el desempleo, la mantención de la familia y la extrema pobreza.<br><br> 19 Este punto lo trataremos in extenso en la parte II de este trabajo. 20 Las principales diferencias de ambos sistemas son: en el de Reparto 1.El individuo co- tiza para todos, 2. Existe un fondo común de recursos, 3.<br><br> Las cantidades aportadas por los activos determinan las pensiones actuales, y 4. Existe una relación intergeneracional, las generaciones activas dan soporte financiero a las jubiladas; en cambio en el de Capitalización: 1. El individuo cotiza para si, 2.<br><br> Existe un fondo de capital individual, 3. La cantidad aportada por cada individuo determina su pensión futura, y 4. No vincula a generaciones, solo esta implicada una generación.<br><br> 21 También existen otros sistemas previsionales, v. gr. el caso propuesto para Italia.<br><br> 7 5.1.1.- El Sistema Previsional de Reparto o So li dar i o 22 : Es aquel en donde el conjunto de cotizantes activos 3trabajadores- f inancian a los que obtienen los beneficios previsionales -los pasivos-. El Estado es garan t e activo del sistema y costea todo lo necesario para que se otorguen las prestaciones o beneficios previsionales . En este sistema el Estado cumple cabalmente su función social garantizando un nivel de vida digno a sus beneficiarios, con prestaciones similares a las que recibía como ac t ivo .<br><br> 5.1.2.- El Sistema Previsional de Capitalización I nd i v i dua l. También denominado Individual, Privado o de Cuentas Individuales; es aquel donde cada trabajador tiene su cuenta capitalización propia, cuyos fondos se invertirán en el mercado, y del fruto o perdida de esta inversión, así como de los montos que ahorre -en definitiva del monto que tenga en su cuenta privada- dependerá el monto que obtendrá como pensión . La administración de los recursos es privada y sujeta a los vaivenes del mercado, y el Estado sólo ejerce un rol 23 f iscalizador 24 .<br><br> 22 También denominado sistema de Bismarck, en atención al canciller Alemán Otto Von Bismarck, que en 1880 incentivó la creación de un sistema de pensiones obligatorias de vejez, invalidez y muerte, que se extendió durante todo el siglo siguiente en todo el mundo. Vid. AIOS, La Capitalización Individual en los Sistemas Previsionales de América Latina , 22 de diciembre de 2003, vid.<br><br> http:// w ww .aiosfp. o rg/ (10.06.04). 23 Los Roles del Estado en materia de Seguridad Social son: 1.- Formular políticas de Seguridad Social.<br><br> 2.- Crear legislación estableciendo la institucionalidad del sistema. 3.- Fiscalizar la inversión y administración de las cotizaciones. 4.- Regular la transparencia del sistema.<br><br> 5.- Subsidiar en todas aquellas áreas en que los agentes privados no lo hagan. 6.- Asistir a las personas que no estaban aseguradas en el sistema, que no cotizaron. 7.- Promover la cultura de seguridad social 8 5.2.- Sistema de Sa l ud: Tiene por objetivo otorgar, a través del sistema público o privado , prestaciones con el fin de garantizar el bienestar físico, social y mental de las personas 25 .<br><br> 5.3.- Sistema de Asistencia Social o de Seguros No Contr i but i vos Constituye el conjunto de prestaciones que otorga el Estado para responder frente a los estados de necesidad de personas que no han cotizado al sis t ema público o privado de seguridad social . El Estado actúa generalmente por estados de extrema pobreza 26 , otorgando prestaciones a través de subsidios familiares y pensiones asis t enciales 27 . 24 Sin perjuicio de la existencia de una pensión mínima garantizada.<br><br> V. gr. Chile y Perú.<br><br> 25 La OMS, en su Acta Constitucional de 1946, define a la salud como c el estado de completo bienestar físico, social y mental d, y no sólo la ausencia de padecimientos o enfermedades. Vid. CARUNCHO, Cristina & MAYOBRE, Purificación, Salud y Género , Tórculo Edictións, Santiago de Compostela, España, 1998, pp.<br><br> 193-206, vid. http:// w e bs. uvigo.es/pmayobre/textos/salud_y_genero.doc (06.07.04).<br><br> 26 También corresponde a este sistema, las prestaciones de salud que se otorgan a los indigentes y demás personas que no cotizan al sistema de salud, pero que son beneficiarios de él. 9 Capítulo 2 . - S i s t e ma de S egu rid a d So c i a l E u ro pe o En este capítulo expondremos un análisis comparado del sistema de seguridad social europeo, tratamiento necesario debido a la rica tradición en seguridad social de este continente y porque además es el contexto geográfico y político donde se desarrolla el sistema de seguridad social Español, dedicando un acápite especial a éste último; así, a posteriori trataremos con precisión el t ema previsional .<br><br> 6.- El Sistema Europeo de Seguridad Social En este punto nos referiremos a los países que conforman la Unión Europea, en los cuales existe una marcada preocupación social 28 presente en la organización y políticas desarrolladas, consignada en dis t in t os 27 Las pensiones asistenciales se otorgan a ancianos e inválidos que carecen de recursos y que no tienen derecho a pensión de algún régimen previsional, con el fin de asegurar un mínimo de subsistencia. 28 La preocupación social existente ha hecho que se creen diversas organizaciones en Europa sobre seguridad social, como es la IPSE (Instituto de la Protección Social Europea) y la EISS (Instituto Europeo de la Seguridad Social), las que tienen un papel activo en el estudio, desarrollo, creación de soluciones y acuerdos de instituciones y países, respecto a la seguridad social en Europa, creando de este modo un marco organizativo eficiente sobre protección social en los estados miembros de la UE. Estas instituciones no sólo se preocupan de los sistemas previsionales y de salud, también se preocupan del desarrollo de los distintos temas afines a la calidad de vida, como son la integración escolar, de adultos, pobres, la actividad deportiva, fomento de la solidaridad, etc.<br><br> En el mundo la organización más importante es la AISS, Asociación Internacional de Seguridad Social. 10 documentos 29 ; el principio de solidaridad rige efectivamente y además se destaca la internacionalización de las normas 30 . Siendo el objetivo de la política social y de empleo el cpromover un nivel y calidad de vida apropiadas para todos en una sociedad activa, diversa y sana d, lo que es conocido como cModelo Social Europeo d o cEstado de Bienestar d 31 .<br><br> Tal es este compromiso que el gasto en promedio en seguridad social es de un 28.5% del PIB 32 ; siendo en algunos países superior al 30%, como en Francia , Bélgica y Alemania; llegando en Suecia al 36% del PIB (en 1993 llegó al 39% del P I B) 33 . El sistema de salud existente es de carácter solidario y el gasto en él asciende en promedio a un 6 % del PIB, equivalente al 22% del gas t o total en seguridad social 34 . 29 V.<br><br> gr.: El Reglamento Nº 1408/71 sobre desplazamiento de nacionales dentro de la Comunidad Europea; cConvergencia de objetivos y políticas d (de la UE); cPrograma TESS d, sobre facilitación de derechos para trabajadores migrantes (UE); cLibro Verde sobre las Pensiones Complementarias d (UE); cEstrategia Concentrada para la Modernización de la Protección Social d (UE); cInforme Europeo de la Protección Social en Europa d, de 1993, 1995, 1997 y 1999 (UE); cLa Agenda 2000, Fortalecer y Ampliar la UE d, en relación a la calidad de vida de sus habitantes (UE); Etc. 30 El reglamento Nº 1408/71 de la Unión Europea, tiene por objetivo coordinar las legislaciones de los países miembros respecto a la seguridad social en forma genérica (salud, previsión, seguros sociales), para permitir que las personas de la UE se desplacen libremente; así el trabajador mantiene las prestaciones aunque se traslade de un Estado miembro a otro. 31 UNION EUROPEA, La Política Social y de Empleo en Europa: Una Política para el Ciudadano , Mayo de 2000, Bélgica, p.<br><br> 3, vid. http://eu r o p a.e u .int / p ol/socio/i n dex _ es . h tm (16.<br><br> 06.04). 32 UNION EUROPEA, Informe Sobre Protección Social Europea de 1999, vid. http://www.<br><br> seg-social.es/imserso/discapacidad/dossier1.pdf (15.06. 04). 33 FERRERAS ALONSO, Fidel, Sistemas de Pensiones en Suecia, Madrid, 2001, vid.<br><br> http:// w ww . r e ds e gsoc.or g .uy/ S u eci a -p e nsio n es.P D F (15.06.04). 11 7.- Sistema Previsional Europeo El sistema previsional es de aquellos denominados cde reparto d 35 , aunque se discute hoy la aplicación general de un sistema de cotización individual por los al t os costos que implica para los estados miembros el financiamiento del actual sis t ema .<br><br> El gasto en pensiones de vejez es el más alto, llegando a un 44% del gasto en seguridad social 36 y equivale en promedio a un poco más del 12% del PIB en Europa 37 . Porcentajes que aumentan o disminuyen dependiendo del Es t ado 38 . El monto de las cotizaciones que debe pagar cada trabajador es dis t in t o según el país, v.<br><br> gr. en Alemania es del orden del 20% de la remuneración (costeado el 50% por trabajador y el 50% por el empleador) . 39 Respecto a las prestaciones que otorga el sistema, son muy superiores que las nuestras; en Alemania la pensión alcanza al 70% 40 de 34 UNION EUROPEA, Informe Sobre Protección Social Europea de 1999, vid.<br><br> http://www. seg-social.es/imserso/discapacidad/dossier1.pdf (15.06. 04).<br><br> 35 Vid. supra, parte I, punto 5.1.1.- 36 MINISTERIO DEL TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, España, La Protección Social en Europa, 3 de agosto de 2000, p.51, vid. http:// w ww .<br><br> s e g - social.es/imsers o / d i s c a pacid ad/dossier1.pdf (15.06.04). 37 UNION EUROPEA, Informe Sobre Protección Social Europea de 1999, vid. http://www.<br><br> seg-social.es/imserso/discapacidad/dossier1.pdf (15.06. 04). 38 Desde un 60% en Italia (15% del PIB) a sólo el 25% en Irlanda (5% del PIB).<br><br> 39 FERRERAS ALONSO, Fidel, Adaptar la Seguridad Social a las Nuevas Situaciones Sociales: el Ejemplo de Alemania, Madrid, Junio de 2001, vid. h t t p : / / ww w . f i n te r am e rica na.org/sisprevi/documentos/Doc%20IESS%20seg%20social%20en%20Alemania.doc (28.<br><br> 06.04). 40 En Alemania, para el año 2030 se acordó en el parlamento Alemán que llegue al 68% del salario neto del último año. 12 la remuneración que percibía el trabajador 41 , en Luxemburgo llega al 82% de la remuneración que percibía el trabajador (pensión de élite), en Portugal a un 77% , en Italia a un 75%, y en Austria a un 71% 42 .<br><br> Con lo cual se mantiene un nivel de vida muy similar al que se tenía cuando se era t rabajador . 8.- Sistema de Asistencia Social o de Seguros No Contr i but i vos Europeo Este es otro punto donde se ve la distancia en que estamos de Europa , allende, las transferencias sociales 43 represen t an aproximadamente el 30% de la renta neta que perciben los hogares de la Unión 44 . Para alrededor del 37% de los hogares constituye la principal fuente de ingresos , si no existieran, casi el 40% de los hogares t endr í an un nivel de renta inferior al 50% de la media nacional.<br><br> En definitiva se asegura un nivel mínimo de vida para él y su familia en caso de desempleo 45 . 41 FERRERAS ALONSO, Fidel, Adaptar la Seguridad Social a las Nuevas Situaciones Sociales: el Ejemplo de Alemania, Madrid, 2001, vid. h t t p : / / ww w .fint e r a me r i c a na.o r g/sis arevi/documentos/Doc%20IESS%20seg%20social%20en%20Alemania.doc (28.<br><br> 06.04). 42 FRAILE, Clara, Las Pensiones de Jubilación en Europa , España, octubre de 2003, vid. http:// w ww .<br><br> c o nsu m er. e s /disca p acita d os / e s / e s p eci a les / 2 0 0 3/1 0 /13/ 8 97 9 0. p hp (20.05.04).<br><br> 43 Las transferencias sociales son las prestaciones asistenciales que otorga el Estado. 44 En el caso de asistencia a los desempleados, el importe mensual promedio percibido por los beneficiarios de prestaciones es superior al 50% de su renta neta de los meses en los que tuvieron trabajo. 45 Se discute si este apoyo es un desincentivo para seguir trabajando, algunos creen que fomenta el abuso del sistema.<br><br> 13 9.- La Seguridad Social en España 46 9.1.- Reseña H i stór i ca La seguridad social española comienza en 1908 con la creación del Instituto Nacional de Previsión, INP. Hasta la Guerra Civil Española (1936- 1939) la seguridad social era un conglomerado de seguros sociales que cubrían un aspecto concreto de protección (accidente de trabajo, jubilación, e t c . ) .<br><br> Después de la Guerra Civil, el Franquismo reformó la Seguridad Social constituyendo varios organismos para su gestión, siendo los fundamentales las Mutualidades Laborales y el INP.- Posteriormente la reforma de 1978 47 creó nuevos organismos 48 . En este mismo periodo la Constitución Española de 1978 define a España como cun Estado Social y Democrático de Derecho d, y supone que los derechos de Seguridad Social forman rango constitucional 49 ; Ad 46 FINTERAMERICANA, Fundación para el Desarrollo y Formación de Fondos de Pensiones Laborales, El Sistema de Seguridad Social Española. Situación y Perspectivas Desde el Punto de Vista Sindical, Opiniones y Razones de una Reforma , 1997, vid.<br><br> http:// ww w .finte r am e rica n a. o rg/Sisp r evi/ s ist_ p r e v _ 9.htm (21.05.04). 47 Mediante el Real Decreto Legislativo, RDL, 36/78 de Gestión Institucional de la Seguridad Social.<br><br> 48 Estos organismos son: a) INSALUD: Instituto Nacional de la Salud. Encargado de la gestión de la Salud (Asistencia Sanitaria y Médico-Farmacéutica). b) INSERSO: Instituto Nacional de los Servicios Sociales.<br><br> Encargado de la gestión de los servicios sociales (minusválidos, ayuda a domicilio, ancianos). c) INSS: Instituto Nacional de la Seguridad Social. Encargado de las prestaciones económicas (pensiones y subsidios, vejez, invalidez, etc.).<br><br> d) INEM: Instituto Nacional de Empleo. Encargado de la gestión de políticas "activas" contra el paro (cursos, acciones de formación a desempleados, etc.) y de las políticas "pasivas" a los desempleados (pago del desempleo y subsidios), y e) Tesorería de la Seguridad Social: Servicio común que se encarga de los ingresos y pagos de todo el Sistema de Seguridad Social. 49 Regulando tales derechos en los artículos 41, que obliga a los poderes públicos a mantener un Régimen Público de Seguridad Social para todos los ciudadanos; Art.<br><br> 43, que reconoce el derecho a la protección de la salud; Art. 49, sobre Servicios Sociales; y el Art. 50 transcrito arriba.<br><br> 14 hoc. , el Art. 50 -referencia obligada de las políticas públicas respecto a las personas mayores- señala : Art.<br><br> 50.- cLos poderes públicos garantizarán, median t e pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la su f iciencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad . Asimismo, y con independencia de las obligaciones f amiliares , promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio d Del artículo transcrito podemos apreciar que España no sólo se preocupa respecto al sistema de pensiones, sino que también a diversos tópicos, como es la diversión 50 . Actualmente la seguridad social está regulada por el Real Decre t o Legislativo 1/1994 51 , el que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad social y que recoge los principios cons t i t ucionales 52 .<br><br> 50 En este sentido la INSERSO administra un sistema de vacaciones y termalismo para los mayores de edad (sobre 65 años), que les permite acceder a un costo muy inferior al de mercado, precisamente porque es subsidiado por el Estado. 51 Del 20 de junio del año 1994. 52 MIGUEL POLO, José Antonio, Descripción Básica del Actual Sistema Público de Protección Social a las Personas Mayores en España , Instituto de la Mujer, España, p.<br><br> 6, vid. http:// w ww .im s e rs o mayo r es. c sic.es / d ocu m e n t o s / d ocum e ntos / e n vespCa p itul7.<br><br> p df (29. 05.04). 15 9.2.- Actualidad de la Seguridad Social en España 53 El gasto en seguridad social alcanzó a un 22,4% del PIB el año 2002, cifra inferior a la de otros años 54 e inferior a la media de Europa, que es del orden del 27,5% 55 .<br><br> Por lo que se refiere al reparto del gasto social entre los dis t in t os tipos de prestación, en España el 45,3% va a pensiones , el 30% a sanidad, el 7,6% a invalidez, el 2,6% a la familia e infancia, el 12,9% a subsidios de cesantía y el 1,7% a vivienda y lucha contra la exclusión social . La seguridad social en España se divide en un sistema contributivo y uno asistencial. 56 El Sistema contributivo está dirigido a los cotizantes 57 , siendo las prestaciones otorgadas las de en f ermedad 58 , maternidad 59 , invalidez 60 , pensión por vejez, viudedad y orfandad 61 .<br><br> Es t as 53 España a grandes rasgos es un estado de 40.000.000 de habitantes; 12.500.000 trabajadores cotizantes a la Seguridad Social, 7.000.000 de pensionistas, y 2.500.000 de parados, con una tasa de desempleo del 22%, una tasa de inflación del 2,5% al 3,5% y un incremento del PIB anual entre el 1,5% y el 2,5%. Vid. FINTERAMERICANA, El Sistema de Seguridad Social Española.<br><br> Situación y Perspectivas Desde el Punto de Vista Sindical. Opiniones y Razones de una Reforma , 1997, vid. http:/ / www .<br><br> fi n t e r a me r i c a n a. org/Sisprevi/sist_prev_9.htm (21.05.04). 54 En 1994 llego al 22.8% del PIB 55 En los Estados Unidos llega al 24% del PIB.<br><br> 56 FINTERAMERICANA, Fundación para el Desarrollo y Formación de Fondos de Pensiones Laborales, El Sistema de Seguridad Social Española. Situación y Perspectivas Desde el Punto de Vista Sindical, Opiniones y Razones de una Reforma , 1997, vid. http:// ww w .finte r am e rica n a.<br><br> o rg/Sisp r evi/ s ist_ p r e v _ 9.htm (21.05.04). 57 Que obtienen prestaciones dependiendo de la intensidad de la cotización y del período que han cotizado. 58 Que consisten en rentas substitutivas de las del trabajo cuando el trabajador está enfermo, las que pueden pagar la propia empresa, reembolsándole el montos el sistema de Seguridad Social (durante 1.995 su importe alcanzó al 0,9% del PIB).<br><br> 59 Que es una prestación económica parecida a la de enfermedad que se abona a las mujeres trabajadoras cuando tienen un hijo (se otorga durante 16 semanas). 60 Que es una prestación económica (pensión de invalidez) que se abona a los trabajadores cuando se les declara en situación de invalidez. 16 cuatro modalidades conforman el más importante concepto de la Seguridad Social española, representando el 8,9% del PIB del país .<br><br> Respecto al sistema de prestaciones asistenciales 62 , el Estado o t orga asis t encia sanitaria 63 , servicios sociales 64 , pensiones cno contributivas d 65 , ayudas familiares 66 , y "planes de lucha contra la pobreza " 67 . 61 Que son prestaciones económicas llamadas de "muerte y supervivencia" y consisten en pensiones para los viudos y huérfanos de los trabajadores. 62 FINTERAMERICANA, Fundación para el Desarrollo y Formación de Fondos de Pensiones Laborales, El Sistema de Seguridad Social Española.<br><br> Situación y Perspectivas desde el Punto de Vista Sindical, Opiniones y Razones de una Reforma , 1997, vid. http:// ww w .finte r am e rica n a. o rg/Sisp r evi/ s ist_ p r e v _ 9.htm (21.05.04).<br><br> 63 Que incluye la atención médica "de cabecera", la asistencia especializada, urgencias médicas y tratamiento hospitalario, así como parte de las necesidades farmacológicas. El costo de este epígrafe el año 1995 alcanzó el 4,9% del PIB español. 64 Que incluyen las atenciones a ancianos (viajes, residencias) y minusválidos, cuyo gasto alcanzó el 0,4% del PIB.<br><br> 65 Que incluyen las pensiones de invalidez y jubilación para aquellos que no han devengado el derecho a una pensión contributiva, cuyo gasto alcanza al 0,3% del PIB. 66 Que consisten en asignaciones económicas a las personas de menos rentas cuando tienen hijos a su cargo, cuyo gasto alcanza al 0,1% del PIB. 17 Capítulo 3 .<br><br> - El S i s t e ma d e S e g u rid a d S oc i a l e n Ch i l e En este capítulo analizaremos como se desarrolla el sistema de seguridad social en Chile, cuales son sus características y principios fundamentales, sin referirnos al sistema previsional, que forma parte de la seguridad social, el que se tratará a posteriori en un capítulo especial 68 . 10.- Sistema Chileno de Seguridad Social I. N .<br><br> P Sistema Previsional A . F . P I SAPRE Comprende 69 Sistema de Salud S .<br><br> N . S . S Sistema asis t encial 70 Consideramos que actualmente nuestro sistema es de carác t er individualista con matices solidarios 71 ; sin embargo antes de las reformas de la década del 80 9, era solidario .<br><br> 67 Que llevan las Comunidades Autónomas y consisten en determinadas ayudas para reinsertar a colectivos determinados (marginales, desempleados de larga duración). 68 Vid. Infra , Parte II, cap.<br><br> 2, p.31. 69 Cada uno de estos sistemas se explicaran adelante. 70 Vid.<br><br> Infra , punto 12. 71 La afirmación radica en que: 1.- Es el sistema previsional el que caracteriza principalmente al sistema de seguridad social, tanto es así, que a veces se confunden ambos términos, 2.-Respecto al sistema de salud chileno, las mejores prestaciones se dan en el sistema privado, las públicas son insuficientes, 3.Respecto al sistema de asistencia social, que es de carga del Estado, no es un factor determinante para concebir 18 El gasto público en seguridad social en Chile llega a sólo el 14,2% del PIB 72 , cantidad menor al de otros países de la región 73 ; así en Uruguay llega al 22.5%, en Brasil al 19,8%, en Argentina al 17,8%; menor al promedio de Estados Unidos que es del 24% del PIB 74 , y menor al promedio mundial, que alcanza en promedio al 14,5% del P I B 75 . 11.- Sistema de Salud Ch il eno En Chile existe un sistema mixto de salud, privado y público; respec t o a los cuales no entraremos en detalles porque aún cuando forman parte del sistema de Seguridad Social nuestro tema específico es lo previsional .<br><br> 11.1.- El Sistema Privado de Salud. Las prestaciones son otorgadas a través de las Instituciones de Salud Previsional, cISAPRES d 76 , y dependerán del plan de salud que se con t ra t a con la I sapre 77 . el sistema.<br><br> 4.- Si bien existen dignas prestaciones para los miembros de las FF.AA. y de Orden, donde se cumple el principio de solidaridad, este es un régimen excepcional. 72 OIT, Gasto Público Social como Porcentaje del PBI, Bienio 1996-1997, vid.<br><br> http:// w w w.oit.org.pe/spanish/260ameri/oitreg/activid/proyectos/actrav/segsoc/estadisticas/cuadros/ cuadros3.html#gaspub (05.07.04). 73 Los más bajos son Guatemala y Perú, con un 4,2% y 5,8% del PIB respectivamente. 74 MINISTERIO DEL TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, España, La Protección Social en Europa , 2000, p.51, vid.<br><br> http:// w ww . s e g - social.es/imse r s o /dis c a p a c i d a d/dossier1.pdf (15.06.04). 75 OIT, Seguridad Social: Un Nuevo Consenso , Ginebra, 2002, vid.<br><br> http:// w ww .re d segso c.org.uy/SS_nuevo_consenso.pdf (05.07.04). 76 Las ISAPRES (creadas por el D.F.L. Nº 3 de 1981) son personas jurídicas de derecho privado que tienen por objeto financiar las prestaciones de salud de sus afiliados.<br><br> El 19 La cotización que debe pagar el afiliado a la Isapre es del 7% de la ren t a imponible o declarada, pero puede contratar por un monto superior para obtener un mejor plan de salud . Se ha señalado que el sistema per se es atentatorio al principio de solidaridad, que los altos montos de los planes son excluyentes, no todos pueden acceder a él, y existe discriminación 78 entre hombres y mujeres . 11.2.- El Sistema Público de Sa l ud Es un sistema solidario de prestaciones de salud 79 , ya que son beneficiarios del sistema inclusos los que no cotizan a él, como son los indigen t es , pero las prestaciones no cubren todas las contingencias sociales por enfermedad, y las que cubre lo hace en forma insuficiente.<br><br> Estas prestaciones se otorgan a través del Sistema Nacional de Servicios de Salud, S . N . S .<br><br> S . 80 afiliado es la persona que contrata con la Isapre, y producto del contrato resulta beneficiario de las prestaciones, al igual que sus cargas familiares. Las ISAPRES son fiscalizadas por la Superintendencia de Isapres.<br><br> 77 SAFP, El Sistema Chileno de Pensiones , Quinta Edición, noviembre de 2002, vid. http: / / www . s a f p .<br><br> c l/si s c h ilpe n /esp a n o l . h t m l (18.05.04). 78 Creemos que pueden prorratearse los costos que implica la maternidad entre todos los afiliados y en parte por la Isapre; así se cumpliría el principio de solidaridad.<br><br> 79 Las prestaciones son medicas (preventivas y curativas) y económicas (subsidio por incapacidad laboral por enfermedad común, subsidio maternal y subsidio por enfermedad grave del hijo menor de un año). 80 Por el sólo ministerio de la Ley de Salud c18.469 d, el trabajador que no se afilie a una Isapre y sus cargas familiares, queda automáticamente afecto a Fonasa. 20 El empleador está obligado a descontar un 7% de las remuneraciones imponibles del trabajador, las cuales paga al INP, quien recauda las cotizaciones del Sistema Público de Salud, FONASA 81 .<br><br> El gasto en salud en Chile sólo asciende a un 2,5% del P I B 82 , porcentaje menor que la media de la región 83 , la que asciende a un 3 . 2% 84 . 12.- Sistema de Asistencia Social en Ch il e 85 .<br><br> - Esta constituido principalmente por prestaciones en caso de ex t rema pobreza de subsidios familiares y pensiones asis t enciales 86 . 81 FONASA es el Fondo Nacional de Salud. 82 Argentina destina un 4,1% del PIB y Costa Rica un 7,3%.<br><br> 83 Nos referimos a América Latina. 84 OIT, Gasto Público Social como Porcentaje del PBI, Bienio 1996-1997, vid. http:// w w w.oit.org.pe/spanish/260ameri/oitreg/activid/proyectos/actrav/segsoc/estadisticas/cuadros /cuadros3.html#gaspub (05.07.04).<br><br> 85 Vid. SAFP, El Sistema Chileno de Pensiones, Quinta Edición, 2002, vid. http://www.<br><br> safp.cl/sischilpen/espanol.html (18.05.04). 86 Específicamente son: 1 .- Por extrema pobreza: a) Subsidio Único Familiar, cSUF d, que es un subsidio mensual que tienen derecho las personas carentes de recursos que tienen menores a su cargo, deficientes mentales, y la mujer embarazada. b) Pensiones asistenciales , cPASIS d, que es una pensión para mayores de 65 años, inválidos y deficientes mentales, que carezcan de recursos y que no tengan derecho a prestaciones previsionales.<br><br> 2 - Por mantención de la familia: a través de asignaciones familiares, que son una cantidad de dinero que en forma mensual el Estado otorga a ciertas personas que tengan a su cargo a menores, a mayores de 65 años y a ciertas personas desvalidas. 3.-Por enfermedad a indigentes. 4 .- Por desempleo, a través de el subsidio de cesantía, regulado por la ley 19.728, que establece un sistema de seguro de desempleo financiado en parte por el Estado, un 0.6% de la remuneración por el trabajador, y un 2.4% de la remuneración a cargo del empleador.<br><br> 21 PARTE II. - Ex a men P a r ti c ular de la P e ns i ón por Ve j e z en E s paña y en C hil e 22 Comprendido los elementos centrales de la seguridad social, as í como el contexto español, que es Europa, y la realidad chilena , procederemos a examinar en forma específica los regimenes generales 87 de los sistemas de pensiones contributivos por vejez español y chileno . Capítulo 1 .<br><br> - S i s t e ma de P ens i o n e s por V e j e z E spa ñ o l 13.- Características del S i stema El sistema de pensiones contributivas por vejez Español es de aquellos denominados de reparto. Es un sistema de carácter voluntario (no coercitivo), y uno de los más generosos de la Unión Europea, observándose esta circuns t ancia por las mejores condiciones de acceso, como son el menor número de años exigidos para alcanzar la pensión plena y el alto monto que alcanza la prestación otorgada, la que llega al 87 Existen también regimenes especiales en ambos sistemas, así en el español encontramos un régimen especial para trabajadores autónomos, especial agrario, de trabajadores de mar, de la minería del carbón y de empleados del hogar, y un sistema de protección específico para funcionarios públicos, constituido por el Régimen de Clases Pasivas; en Chile existen regimenes especiales para las FFAA y de Orden y Seguridad. 23 81% 88 del promedio de la remuneración percibida por el cotizante 89 , porcen t aje privilegiado en el mundo, y que se obtiene una vez cumplidos los requisitos exigidos por el sistema, el que está administrado por el Estado a través del I ns t i t u t o Nacional de Seguridad Social, I NSS 90 .<br><br> 14.- Requisitos Para Obtener la Pens i ón Nos referiremos a continuación a los requisitos exigidos por el sis t ema para ob t ener la prestación plena, ya que si se jubila anticipadamente (antes de la edad requerida) la pensión se reducirá en un 8% por cada año de adelanto en la jubilación 91 . Respecto a la edad para alcanzar la obtención de la pensión plena, esta es de 65 años , tanto en hombres , como en mujeres 92 . El periodo de cotización exigido para Todos los cuales se explican por el riesgo e importancia de la actividad, así como por el poder fáctico de los gremios asociados a la actividad.<br><br> 88 Según lo señalado por la consultora internacional cWatson Wyatt d, que realizó un trabajo de investigación que ha dado como resultado el estudio cBenefits Report 2003 d. 89 FRAILE, Clara , Las Pensiones de Jubilación en Europa , España, octubre de 2003, vid. http:// w ww .<br><br> c o nsu m er. e s /disca p acita d os / e s / e s p eci a les / 2 0 0 3/1 0 /13/ 8 97 9 0. p hp (20.05.04).<br><br> 90 MIGUEL POLO, José Antonio, Descripción Básica del Actual Sistema Público de Protección Social a las Personas Mayores en España , Instituto de la Mujer, España, p. 6, vid. http:// w ww .im s e rs o mayo r es.<br><br> c sic.es / d ocu m e n t o s / d ocum e ntos/e n v e spCa p i t u l7.p d f (29. 05.04). 91 En Grecia la rebaja es del 0,5% por cada mes de anticipación de la edad plena de retiro.<br><br> 92 La mayoría de los países tiene establecida actualmente la edad de jubilación en 65 años. Sin embargo, destacan por arriba Islandia con 72 años y Dinamarca que establece la edad en 67 años tanto para hombres como para mujeres y, por abajo, Italia que fija la edad para hombres en 62 años y 57 para mujeres. 24 otorgar la pensión plena es de 35 años 93 , y la cuantía de la pensión 94 estará dada por la media de las cotizaciones de los últimos 15 años 95 .<br><br> La cotización que se exige 96 asciende a un 28.3% de la remuneración del trabajador 97 , 4.7% de cargo del trabajador y un 23.6% de cargo del empleador, siendo una de las cotizaciones más altas que se exigen en el mundo, y que en cierta medida explica el alto monto de prestaciones que otorga el sis t ema . 15.- Gran problema del S i stema En un escenario ideal el sistema se financia así mismo con las cotizaciones de los trabajadores; sin embargo por el aumento de la 93 España, Alemania, Austria e Italia son los que exigen menos años de cotización al sistema, 35 años; en el extremo superior se encuentra el Reino Unido con 49 años para hombres y 44 para mujeres; Irlanda establece 48 años, Luxemburgo, Portugal y Bélgica establecen 40 años, aunque este último para los hombres establece 45 años. Francia actualmente tiene establecidos 40 años.<br><br> 94 En Francia la cuantía depende de los 10 años más favorables de los 37,5 exigidos como mínimo de cotización (aunque aumentará a 25 de 40 exigidos para el año 2008), en Italia y Grecia es respecto de la media de los últimos 5 años cotizados, en Austria es la media de los mejores 15 años de los últimos 30 años, y en Portugal se toman los 10 mejores años entre los 15 últimos cotizados 95 Según lo dispuso la Ley 24/1997. Se ha señalado que el ideal es que se aumente el número de años hasta 25. 96 En Holanda se exige un 32,5% a cargo del trabajador, en Francia el 20%.<br><br> 97 MORENO, Maria Del Carmen, Análisis Económico del Sistema de Pensiones Públicas , Universidad Complutense de Madrid, 1998, vid. http:// w ww .ucm.es/ B UCM/cee/ d oc / 0 3 0 1 0057.htm (06.08.04). 25 expectativa de vida de las personas hoy se hace cada vez más oneroso 98 .<br><br> Por ello es que en el periodo de 1993 a 1995 se hicieron fuertes críticas al sistema y se advir t ió su colapso 99 , explicando que a medida que aumenta la expectativa de vida, hay más pasivos a cuales sostener, as í: csi en estos momentos 5 trabajadores sostienen el costo de 1 pasivo, se estima que para el 2040 estos 5 deberán sostener a 2 pasivos d 100 El núcleo del debate político desde 1985 101 hasta la actualidad se centra en la disyuntiva entre el mantenimiento reformado del sistema de reparto o su transformación en sistema de capitalización. La solución del conflicto pasa en analizar las ventajas y deficiencias de ambos sis t emas que a continuación expondremos sobre el español 102 . 98 En Europa los estados asumen en promedio el 88% del costo de las prestaciones de jubilación, los planes individuales de pensiones (que son voluntarios) asumen sólo el 0,9 % del costo.<br><br> 99 V. gr. Michele Boldrín, especialista en sistemas de pensiones de seguridad social, Profesor de la Universidad de Minnesota, EE.UU., es uno de los más críticos del sistema de pensiones español, así como el chileno José Piñera, éste último arquitecto de nuestro actual sistema privado de pensiones.<br><br> 100 UNION EUROPEA, Libro Verde sobre las Pensiones Complementarias , vid. h t t p : / / w w w.europa.eu.int/scadplus/leg/es/cha/c10519.htm (17.05.04). 101 Un esfuerzo premonitorio para paliar el alto gasto fue la ley 12/1985, cMedidas Urgentes para la Racionalización de la Estructura y Acción Protectora de la Seguridad Social d, duramente resistida por los sindicatos de trabajadores de aquel entonces.<br><br> La reforma de 1985 pone en marcha dos procesos que llegan hasta hoy de manera lenta pero continua: por una parte, se pone en marcha un proceso de ajuste financiero mediante el cual se trata de moderar el gasto en pensiones a largo plazo, endurecer las condiciones de acceso y aproximar la proporcionalidad entre los aportes de los trabajadores y la pensión percibida; y por otra parte, y lo que es quizás más importante, se van construyendo las condiciones ideológicas y los instrumentos legales e institucionales para favorecer sistemas complementarios privados de pensiones. 102 Vid. ORSZAG, Peter R.<br><br> y STIGLITZ, Joseph E., Un Nuevo Análisis de la Reforma de las Pensiones: Diez Mitos Sobre los Sistemas de Seguridad Social , presentado en la Conferencia "Nuevas Ideas sobre la Seguridad en la Vejez", Banco Mundial, Washington 26 16.- Ventajas y Críticas del Sistema de Reparto Españo l 16.1.- Ventajas del sistema de reparto Las ventajas radican en las altas prestaciones que se otorgan a los beneficiados y el respeto al principio de solidaridad. El monto asegurado por el estado, permite al afiliado tomar decisiones a largo plazo con mayor t ranquilidad , previendo su futuro económico; y constituye uno de los componentes más importantes de los programas de bienestar social del Es t ado . Se ha señalado que existe una campaña de desprestigio del sis t ema con fines económicos 103 , a mayor abundamiento es t udios demuestran que para el año 2015 habría aumentado a sólo un 10.5% del PIB el gas t o en pensiones, cifra no muy superior a la actual, que es del 10% 104 , y normal en un país de preocupación social; y que el envejecimiento de la población no es tan dramático como lo señalan los impulsores del sistema privado 105 , por lo que el sistema es per f ec t amen t e sustentable f inancieramen t e 106 .<br><br> D.C., 14 y 15 de Septiembre de 1999, vid. http:// w ww .re d se g s o c . o rg.<br><br> u y / 1 _Jo r _Diez-Mitos .htm (22.05.04). 103 DEL RÍO, Coral y PRADA, Albino, Pensiones: Miedo y Negocio, la Cultura del Miedo y las Gigantescas Posibilidades de Beneficios Privados, Departamento de Economía Aplicada, Vigo, España, 18 de mayo de 2004, vid. http:// w ww .at t a cma d ri d .<br><br> o r g / d/ 4 / 0 3 0 7 0 7 193908.php (18.05.04). 104 RODRÍGUEZ CABRERO, Gregorio, La Reforma del Sistema Público de Pensiones en España, vid. http:/ / www .<br><br> i e s a m.c s ic.es/doctr a b 2 / d t-0 2 1 3 .pdf (18.05.04). 105 Según la OIT, del 2000 al 2010 sólo se incrementaría en un 1% con relación a la población total. 106 FINTERAMERICANA, Fundación para el Desarrollo y Formación de Fondos de Pensiones Laborales, El Sistema de Seguridad Social Española.<br><br> Situación y Perspectivas 27 16.2.- Criticas al Sistema de Reparto Se critica principalmente por el alto costo que hoy en día significa para España; que no fomenta el ahorro nacional; que incentiva la jubilación anticipada del sistema; y que la dependencia de la tasa demográ f ica lo hace frágil financieramente ante el envejecimiento de la población . 17.- Propuesta de Cap i ta li zac i ón Como hemos señalado se ha propuesto la capitalización del sis t ema español, y dentro de este sistema las alternativas que se barajan son, la administración de los fondos por parte de privados, o la administración de tales fondos por parte del Estado . Se ha señalado que la última alternativa es ideal , sin embargo se cuestiona la eficiencia en la administración de los recursos y el conflicto de intereses que puede exis t ir 107 .<br><br> desde el Punto de Vista Sindical, Opiniones y Razones de una Reforma , 1997, vid. http:// ww w .fin t e r a m eric a na. o r g / Sisp r evi/ s ist_ p r e v _ 9.htm (21.05.04).<br><br> 28 18.- Propuestas para el Mejoramiento del Sistema Actual Españo l 108 El sustituir el sistema general de pensiones a un régimen privado, como sucedió en Chile 109 , es una alternativa, pero creemos que por el f uer t e compromiso social español, así como las implicancias del Pacto de Toledo 110 y constitucionales 111 , creemos que ello es improcedente y que es preferible mejorar el sistema, a través de las siguientes propues t as : 1.- Retrasar la edad de jubilación, cuestión que tiene muy beneficiosos resul t ados económicos; a contrario sensu es impopular . 2.- Aumentar el número de años para establecer la base o media que nos permite f ijar la pensión. Así en vez de la media de los últimos 15 años, que sea la media de los últimos 20 .<br><br> 3.- Aumentar los años exigidos como mínimos de co t izaciones . 4.- Aumento de la penalización o rebajas por la jubilación an t icipada . 5.- Establecer sanciones a los empleadores que despiden anticipadamente a los trabajadores en edad de jubilar 112 .<br><br> 107 Un caso que se establece como conflicto de interés, es cuando el Estado es accionista de una empresa que produce perjuicios a bienes jurídicamente relevantes, v. gr. el caso medioambiental.<br><br> 108 Vid. MORENO, Maria Del Carmen, Análisis Económico del Sistema de Pensiones Públicas , Universidad Complutense de Madrid, 1998, vid. http:// w ww .ucm.es/BU C M / ce e / doc/03010 057.htm (06.08.04).<br><br> 109 Aunque debemos advertir que en Chile coexiste el antiguo sistema de reparto. 110 El "Pacto de Toledo", de 1994, es un texto político que contiene principios rectores en seguridad social, creado por las fuerzas políticas que han gobernado España, en el que se comprometen a mantener y consolidar el sistema público de Seguridad Social; por lo que es muy difícil que un partido político realice una propuesta que abandone el Estado de Bienestar Social. 111 El art.<br><br> 41 obliga a los poderes públicos a mantener un Régimen Público de Seguridad Social para todos los ciudadanos 112 V. gr. El caso de Alemania.<br><br> 29 6.- Actualización de las pensiones que se otorgan, pero por debajo del I PC . 7.- Equiparar los regimenes especiales existentes con el régimen general . 8.- Mejorar la lucha contra el fraude en las co t izaciones .<br><br> 9.- Incentivar el trabajo en la edad mayor . 10.- Invertir los fondos obtenidos por las co t izaciones 113 . 11.- Incrementar los regímenes complementarios de los sistemas de seguridad social, no sustitutivos de los sistemas públicos nacionales 114 ; es decir incen t ivar el ahorro voluntario para obtener pensiones complementarias a la pública .<br><br> - Debemos hacer presente que no hemos señalado el aumento de las co t izaciones como una propuesta, ya que si bien es una alternativa viable , creemos que el actual porcentaje de cotización en España es su f icien t e . 113 Y a sea por el Estado o por privados. 30 Capítulo 2 .<br><br> - S i s t e ma de P ens i o n e s por V e j e z Ch i l en o Continuamos en este punto con el examen particular del régimen general del sistema de pensiones contributivo por vejez chileno , comenzando con una reseña de sus orígenes hasta la descripción del sis t ema ac t ual . 19.- Reseña H i stór i ca Podemos distinguir 3 etapas en la historia del sistema previsional en es t udio : 19.1.- Primera Etapa: Con la creación a mediados del siglo XIX de dis t in t as instituciones previsionales que son ensayo de las cajas de previsión, en t re ellas la Caja de Ahorro de Empleados Públicos y la Sociedad de Ar t esanos . 114 SOLORIO, Carmen, Los Regímenes de Pensiones, su Evolución y Características de Reforma.<br><br> Países Seleccionados de la OCDE , 1998, vid. http:// w ww .re d seg soc.org.uy/1_ Edicion_RED_1htm#año1998 (03.07.04). 31 19.2.- Segunda Etapa: Las Cajas de Prev i s i ón .<br><br> Fueron creadas entre el año 1925 y 1952, el sistema era de reparto o solidario . La cotización en esta etapa era muy superior a la actual y en promedio alcanzaba al 22,44% del salario del trabajador 115 . Este sistema existió -en f orma pura sin intervención sustantiva estatal- hasta fines de 1970, posteriormente quebró debido a c au s a s fi nan c i e r a s , a d m i n i s tr a t i v a s y demog r á f i c as 116 , y debió ser financiado en su totalidad por el Estado, creándose como solución el INP, que es el sucesor legal de las cajas de previsión, y las AFP .<br><br> A continuación analizaremos las causas del colapso del sistema de repar t o : a) Respecto a la administración: Al año 1978 existían más 32 cajas de previsión según la actividad económica desarrollada 117 y más de 100 sis t emas previsionales con distintas tasas de cotización y de prestaciones; así las cosas, se crearon grupos privilegiados ya que algunas cajas exigían menos requisitos que otras para pensionarse y 115 SAFP, El Sistema Chileno de Pensiones, Quinta Edición, noviembre de 2002, vid. http:// w ww . s a f p .<br><br> c l/si s c h ilpe n /esp a n o l . h t m l (18.05.04). 116 Esta crisis fue advertida, así en 1960 la Comisión de Estudios de la Seguridad señaló que: cel sistema estaba condenado a desplomarse por injusto, oligárquico, discriminatorio y por ser ineficazmente oneroso, tanto para los ganadores de sueldos o salarios como para la producción nacional d; y en 1968 fue enviado un proyecto de ley que en su mensaje señalaba que el sistema: c&es malo d.<br><br> 117 V. gr. CANAEMPU: Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas; CAPREBECH: Caja de Previsión y Estímulo de los empleados del banco del estado de Chile; S.S.S.: Servicio de Seguro Social; C.C.U.: Sección Especial de Previsión para Empleados de la Compañía Cervecerías Unidas; CAJA FERRO: Caja de retiro y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado; EMPART: cCaja de Previsión de 32 beneficios mayores, no existiendo relación entre los aportes y la pres t ación que se recib í a 118 .<br><br> b) Respecto a los cambios demográficos: El aumento de las expectativas de vida y la disminución de la tasa de natalidad generó un cambio en la tasa de dependencia entre pasivos y activos; si en 1937 por cada pasivo exis tí an 37 activos, en 1979 por cada pasivo habían sólo 2,5 ac t ivos 119 . c) Por lo señalado el sistema no pudo financiarse así mismo y la carga pecuniaria tuvo que soportarla el Es t ado . Todo lo anterior conllevó a que el gobierno de facto de la época 120 creara el sistema privado de pensiones (AFP), sin participación previa de la sociedad civil 121 .<br><br> 19.2.1- El antiguo sistema previsional está v i gente Antes de continuar debemos señalar que el antiguo sistema de reparto o solidario está vigente , aunque no en su sentido más puro ; esto debido a las siguientes razones : empleados particulares; CAPREMUR: Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales de la República. 118 Se llega hasta el absurdo que un joven de 29 años tenga la calidad de jubilado. 119 Según estudios el problema se agravaría cada vez más; si en el periodo 1970 a 1975 la esperanza de vida era en Chile de 63,6 años, se ponderaba que para el periodo 2040- 2045 sería de 80,3 años.<br><br> Vid. OIT, El Dilema de la Seguridad Social en el Conosur , 27 de octubre de 2003. 120 Gobierno autocrático (no democrático) del Presidente General Augusto Pinochet U.<br><br> 121 CARVALHO PINHEIRO, Vinicius (Secretario del Ministerio da Previdencia e Assistencia Social do Brasil, MPAS), 20 años de Reforma de Seguridad Social en Chile , noviembre de 2001, vid. http:// w ww .re d se g s o c . o rg.<br><br> u y /Vinici u s-Chil e . PDF (03.07.04). 33 1º El antiguo sistema coexiste con el nuevo (AFP) 122 ; ya que los trabajadores de las ex-cajas que no se cambiaron al nuevo sistema (que es obligatorio sólo para los trabajadores que se afilian por primera vez al sistema desde 1983 123 ) continúan siendo beneficiarios del antiguo sis t ema como cotizantes o como pensionados a través del INP 124 , que es el sucesor legal de las antiguas cajas de previsión 125 ; siendo el Estado quien debe solventar el costo del antiguo sistema, costo que asciende a un 3.5% del P I B 126 , debido a que actualmente se siguen pagando pensiones de aquél ; sin embargo , es t as cifras van disminuyendo a medida que f allecen los beneficiarios del antiguo sis t ema 127 .<br><br> 122 SAFP, El Sistema Chileno de Pensiones, Quinta Edición, 2002, pp.45-46, vid. http:// w ww . s a f p .<br><br> c l/si s c h ilpe n /esp a n o l . h t m l (18.05.04). 123 Pero el aumento relativo en el salario 3de un 12,6%- tras disminuir el porcentaje de cotización, fue un fuerte aliciente para que los antiguos cotizantes se cambiaran al nuevo sistema en masa, Vid.<br><br> SAFP, El Sistema Chileno de Pensiones, Quinta Edición, noviembre de 2002, p.45, vid. http:// w ww . s a f p .<br><br> c l/si s c h ilpe n /esp a n o l . h t m l (18.05.04).. 124 El Instituto de Normalización Previsional fue creado por el D.L.<br><br> Nº 3.502 del 18 de noviembre de 1980, para regular los fondos con que el Estado debía suplementar el déficit que se produciría con el establecimiento del nuevo sistema previsional. Es un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, se relaciona con el gobierno a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y se rige principalmente por el D.L. 3.502 de 1980, la ley 18.689 de 1988, el D.F.L.<br><br> Nº 17 de 1989. Su control está a cargo de la Superintendencia de Seguridad Social y de la Contraloría General de la República. Su misión actual es cParticipar activamente en el sistema de Seguridad Social para un desarrollo con equidad d y su meta es convertirse en el cInstituto Nacional de la Seguridad Social d (INSS).<br><br> 125 Según lo dispuesto por la Ley Nº 18.689. 126 Alcanzando en 1999 e